Asuntos Regulatorios

Vigilancia de los Dispositivos Médicos en Colombia

Artículo · 16 de abril de 2019 El Programa Nacional de Tecnovigilancia se constituye como la herramienta principal para ejercer la vigilancia post mercado a los dispositivos médicos comercializados en Colombia. De acuerdo con la regulación vigente, los fabricantes e importadores de este tipo de productos tienen como principales responsabilidades:  Elaborar un Manual de Tecnovigilancia, con sus correspondientes procedimientos. Designar a un responsable del Programa. Reportar a Invima los eventos adversos o incidentes asociados al uso del producto en Colombia. Dependiendo del tipo de evento, se establece su periodicidad de la siguiente forma: Reporte inmediato: para eventos o incidentes adversos o alertas sanitarias. Debe realizarse dentro de las 72 horas siguientes a la ocurrencia o conocimiento del evento. Reporte periódico: Debe realizarse trimestralmente en las fechas establecidas. Este reporte se debe presentar incluso si no han ocurrido eventos en el trimestre a reportar. ¿Fabricas o importas dispositivos médicos en Colombia? En SPI contamos con amplia experiencia en este sector, estamos listos para apoyarte. ¿Necesita asesoría sobre este tema? En SPI Americas acompañamos a empresas en Colombia y la región en asuntos regulatorios, propiedad intelectual, derecho corporativo y desarrollo de negocios. Contáctenos →

Asuntos Regulatorios, Registro Sanitario

9 Requisitos para un empaque perfecto

Artículo · 12 de abril de 2019 Se debe tener cuenta que hay información obligatoria que debe ser incluida mediante etiquetas complementarias o impresas. ¿Sabes qué se debe incluir en el empaque de tu producto para poder ser comercializado? En Colombia, es permitido que los productos importados sean comercializados en su empaque original; sin embargo, se debe tener en cuenta que hay información obligatoria que debe ser incluida mediante etiquetas complementarias o impresas. A continuación, te presentamos algunos requisitos que se deben tener en cuenta en el momento de diseñar tu etiqueta: Para productos de fabricación nacional, toda la información debe estar incluida en el empaque. Nombre, contenido, ingredientes, indicaciones de uso, fabricante e información especial como: alérgenos, precauciones, entre otros. El nombre del producto debe describir su verdadera naturaleza y debe coincidir con el nombre que se incluyó en el registro sanitario. El número de registro sanitario y los datos del fabricante e importador (si aplica) son obligatorios. Las bebidas alcohólicas deben incluir «El exceso de alcohol es perjudicial para la salud», este debe ir en el frente del producto y su tamaño no puede ser inferior al 10% del tamaño total de la etiqueta frontal. «Prohíbase el exceso de bebidas embriagantes a menores de edad» es otro texto obligatorio que debe ubicarse en cualquier parte del empaque, generalmente en la parte de atrás o contra etiqueta de las bebidas alcohólicas. El contenido neto siempre se debe incluir en la etiqueta. Si los alimentos incluyen declaraciones nutricionales como bajo en, rico en, light, reducido, etc. Esta condición debe estar soportada ante el Invima en el momento de registrar el producto. Si los productos cosméticos tiene declaraciones como: hipoalergénico, probado dermatológicamente, entre otros. Se deben facilitar los estudios que lo confirman en el momento de solicitar el registro sanitario. La fecha de vencimiento y el número de lote en algunos casos es de uso obligatorio dependiendo el producto y se deben incluir en la etiqueta original o imprimir con sistemas de marcación indeleble. Estos datos son muy importantes porque permiten la trazabilidad y la identificación del producto. ¡No dudes en contactarnos! te ayudamos a tener todos los requisitos en regla para que tu comercialización sea segura y oportuna. ¿Necesita asesoría sobre este tema? En SPI Americas acompañamos a empresas en Colombia y la región en asuntos regulatorios, propiedad intelectual, derecho corporativo y desarrollo de negocios. Contáctenos →

Propiedad Intelectual, Registro de Marca

Conocer la historia de tu marca, facilita el futuro

Artículo · 10 de abril de 2019 Una búsqueda de antecedentes marcarios rigurosa y detallada nos puede permitir tener un mejor panorama Nuestra idea, producto o marca se debe mantener único y diferente. Por esta razón no es suficiente pensar que nuestra marca es exclusiva, es necesario investigar si existen personas con la misma iniciativa y si ya adelantaron un registro en la entidad encargada. Muchas de las marcas presentadas de forma directa por su titular pueden ser negadas o en el mejor de los casos objeto de oposición por parte de terceros, debido a la falta de asesoría o conocimiento de posibles marcas similares. Si bien la búsqueda de antecedentes no es un requisito obligatorio dentro de la solicitud, es una oportunidad que permite establecer si existen marcas semejantes o idénticas a aquella que se pretende solicitar. No realizar esta investigación previa puede generar un costo considerable, incluso salir más costosa la defensa en oposición o negación que un nuevo registro. Una búsqueda de antecedentes marcarios rigurosa y detallada nos puede permitir tener un mejor panorama frente al resultado del registro de marca. Contáctanos, contamos con un equipo especializado y experto que te apoya para que tu registro sea exitoso.  ¿Necesita asesoría sobre este tema? En SPI Americas acompañamos a empresas en Colombia y la región en asuntos regulatorios, propiedad intelectual, derecho corporativo y desarrollo de negocios. Contáctenos →

Asuntos Regulatorios, Registro Sanitario

¿Cómo identificar un suplemento dietario?

Artículo · 3 de abril de 2019 Las personas han empezado a consumir vitaminas y suplementos alimenticios, con el objetivo de obtener una mejora en su calidad de vida A la hora de comprar un suplemento dietario la gran mayoría de las personas llegan a confundirlo con un alimento enriquecido o en un medicamento. Pues bien, aquí se señalan las principales generalidades que se deben tener en cuenta a la hora de adquirir un suplemento dietario: 1. Según el decreto 3249 de 2006 un suplemento dietario: “Es aquel producto cuyo propósito es adicionar a la dieta normal y que es fuente concentrada de nutrientes y otras sustancias con efecto fisiológico o nutricional”. Mientras que, un alimento enriquecido, es aquel que aporta determinadas vitaminas, grasas, proteínas, hidratos de carbono y otros elementos necesarios para el organismo. 2. Los suplementos dietarios, a diferencia de los alimentos enriquecidos, se pueden encontrar en diferentes presentaciones. 3. Aunque los suplementos dietarios contengan vitaminas, minerales y oligoelementos no se debe sobrepasar el nivel de ingesta diario máximo tolerable. 4. Muchos de los suplementos dietarios, dentro de sus ingredientes, contienen extractos de plantas que brindan un alto aporte nutricional. 5. Es necesario que los suplementos dietarios tengan en su contenido el propósito de uso y declaraciones de apoyo nutricional aprobadas por el INVIMA. Debido a que las enfermedades crónicas, como la obesidad y la diabetes, han aumentado considerablemente en los últimos años, las personas han optado por empezar a consumir vitaminas y suplementos alimenticios con el objetivo de obtener una mejora en su calidad de vida. Esto ha convertido los suplementos dietarios en productos de fácil acceso en el momento de la compra, haciendo que sea de vital importancia que la información del producto sea clara, coherente y que no genere confusión en su propósito de uso.  En conclusión los suplementos dietarios, no suplen una alimentación equilibrada, ni tampoco sirven para el diagnóstico o tratamiento de una enfermedad. Si quieres saber más de este tema ingresa a www.spiamericas.com ¿Necesita asesoría sobre este tema? En SPI Americas acompañamos a empresas en Colombia y la región en asuntos regulatorios, propiedad intelectual, derecho corporativo y desarrollo de negocios. Contáctenos →

Propiedad Intelectual, Registro de Marca

¿Por qué es importante registrar tu marca?

Artículo · 26 de marzo de 2019 Es de vital importancia invertir en este proceso para lograr un impacto comercial Todo trabajo creativo exige un esfuerzo intelectual y humano, que busca obtener algún tipo de beneficio o remuneración para su autor. La propiedad Industrial e Intelectual como rama del Derecho busca garantizar la protección de estas creaciones como lo son las marcas, las invenciones y los derechos de autor. Teniendo en cuenta que el éxito de las empresas se basa en el reconocimiento que el consumidor le asigne a la marca para satisfacer sus necesidades a nivel de diseño, calidad, precio y atención, es de vital importancia invertir en este proceso para lograr un impacto comercial. A continuación, te presentamos algunos tips que debes tener en cuenta para registrar tu marca: 1. Definir la expresión que quieres registrar. 2. Realizar una búsqueda de antecedentes donde se estudie la viabilidad del registro de marca. 3. Identificar los productos y/o servicios que se quieren proteger. En SPI contamos con los mejores Asesores jurídicos, para acompañarte en el proceso del Registro de tu marca, recuerda que  “Un negocio basado en la marca es, simplemente, un negocio preparado para el éxito” David F. D Alessandro. ¿Necesita asesoría sobre este tema? En SPI Americas acompañamos a empresas en Colombia y la región en asuntos regulatorios, propiedad intelectual, derecho corporativo y desarrollo de negocios. Contáctenos →

Asuntos Regulatorios, Registro Sanitario

¿Tu producto es un dispositivo médico en Colombia?

Artículo · 21 de marzo de 2019 Es importante conocer la forma en que los productos ejercen su acción para cumplir con sus propósitos de diseño Determinar si un producto es considerado un dispositivo médico puede ser una tarea difícil si no se tienen claras sus definiciones y reglas de clasificación de acuerdo con las regulaciones nacionales e internacionales.  Según el Decreto 4725 de 2005 Por el cual se reglamenta el régimen de registros sanitarios, permiso de comercialización y vigilancia sanitaria de los dispositivos médicos para uso humano, se define un dispositivo médico como:  Cualquier instrumento (desde un apósito hasta un resonador magnético) aparato, máquina, software, equipo biomédico o accesorio que haga parte integral del dispositivo. Su uso debe ser en los siguientes casos:  Diagnóstico, prevención, supervisión, tratamiento o alivio de una enfermedad. Diagnóstico, prevención, supervisión, tratamiento, alivio o compensación de una lesión o de una deficiencia. Investigación, sustitución, modificación o soporte de la estructura anatómica o de un proceso fisiológico. Diagnóstico del embarazo y control de la concepción. Cuidado durante el embarazo, el nacimiento o después del mismo, incluyendo el cuidado del recién nacido. Productos para desinfección y/o esterilización de dispositivos médicos. Si la finalidad del producto encaja en alguno de estos propósitos, el producto es considerado un dispositivo médico.  Finalmente, es importante conocer la forma en que los productos ejercen su acción para cumplir con sus propósitos de diseño; teniendo claro que un dispositivo médico no debe:  1. Tener una Acción Farmacológica que incluya un principio activo que interactúe en el organismo a nivel molecular produciendo cambios bioquímicos y fisiológicos. 2. Producir cambios a nivel inmunológico que estimulen o supriman el sistema inmune. 3. Generar cambios metabólicos que produzcan alteraciones relacionadas con el aprovechamiento de las sustancias en el cuerpo. En SPI estamos listos para apoyarle con sus requerimientos y asesorarlo. Ingresa al apartado Asuntos Regulatorios y conoce más de este tema. ¿Necesita asesoría sobre este tema? En SPI Americas acompañamos a empresas en Colombia y la región en asuntos regulatorios, propiedad intelectual, derecho corporativo y desarrollo de negocios. Contáctenos →

Propiedad Intelectual, Registro de Marca

Registrar tu empresa en Cámara de comercio no es registrar tu marca

Artículo · 19 de marzo de 2019 Cuando se realiza un registro de empresa ante la Cámara de comercio no se está realizando el registro de la marca. Ahora que eres todo un empresario es importante tener en cuenta la diferencia entre un registro mercantil y un registro de marca. El Registro mercantil se realiza ante las cámaras de comercio y tienen como fin formalizar, autorizar y acreditar a las personas (naturales o jurídicas) como comerciantes. Adicional a lo anterior como empresa te permite brindar seguridad a los clientes y adquirir nuevas responsabilidades como empresario frente a las Entidades del Estado.  El Registro de marca por otro lado, nos permite tener la propiedad y los derechos de esta, logrando que el componente diferenciador de la marca sea exclusivo del propietario, por esta razón es un trámite importante que se debe realizar ante la Superintendencia de Industria y Comercio.   Por último cabe aclarar que cuando se realiza un registro de empresa ante la Cámara de comercio no se está realizando el registro de la marca. Son procesos distintos que permiten que tu proyecto de empresa sea una realidad.  Contáctanos para proteger tu marca y consolidarla como un activo de tu negocio. ¿Necesita asesoría sobre este tema? En SPI Americas acompañamos a empresas en Colombia y la región en asuntos regulatorios, propiedad intelectual, derecho corporativo y desarrollo de negocios. Contáctenos →

Propiedad Intelectual, Registro de Marca

¿Qué es una marca y para qué sirve?

Artículo · 6 de marzo de 2019 El primer paso para la creación de una marca es encontrar el valor que nos hace diferentes a los demás y nos convierte en piezas únicas en el mercado. Todo proyecto nace identificando un problema y cuando logramos resolverlo lo llamamos “Propuesta de valor” de esta manera, convertimos una solución en una MARCA.  Una marca es un nombre, termino, diseño, símbolo o cualquier otra característica que identifica los bienes o servicios de un vendedor y los diferencia formalmente de su competencia (American Marketing Association) Todos requerimos de una identificación como personas que nos diferencie de los demás. Los productos y servicios se comportan de la misma manera, mediante características propias generan su identidad  e imagen.  Imagina que fueras a un almacén y todos los productos fueran iguales y no se pudiera conocer su calidad, su valor, procedencia y beneficios; Nos estaríamos enfrentando a productos sin atributos diferenciales, dificultando nuestra posibilidad de venta y llevándonos a las siguientes preguntas: ¿A quién se lo ofrecemos? ¿Para quién lo hacemos? ¿Con quién competimos? ¿Qué valor le damos? Y en el peor de los casos ¿Quién no lo compra?. Por esta razón, el primer paso para la creación de una marca es encontrar el valor que nos hace diferentes a los demás y nos convierte en piezas únicas en el mercado.  Nuestros productos y servicios requieren de una marca que se posicione en la mente del consumidor, que genere identidad diferenciadora frente a los demás competidores, que muestre una imagen que transmita confianza a sus consumidores, que sea la forma más eficaz de enseñar los beneficios de los productos, así como convertirse en un valor intangible para la compañía.  Nosotros podemos ayudarte a darle una vuelta a tu marca y convertirla en un valor diferenciador para tu compañía. ¿Necesita asesoría sobre este tema? En SPI Americas acompañamos a empresas en Colombia y la región en asuntos regulatorios, propiedad intelectual, derecho corporativo y desarrollo de negocios. Contáctenos →

Asuntos Regulatorios, Registro Sanitario

Convierte consumidores en clientes con productos de calidad

Artículo · 31 de enero de 2019 Se debe recopilar una información técnica y legal que soporte las propiedades del producto y que permita a las autoridades confirmar su origen y confiabilidad Hace unos días, hablando con una de mis personas favoritas nos imaginamos como sería poner en funcionamiento un supermercado. Indudablemente nos dimos cuenta que un consumidor que encuentre productos de calidad, precios competitivos y un excelente servicio va a estar a gusto con nuestra marca y lograremos convertirlo en cliente.  Las primeras preguntas fueron enfocadas al tema de registros sanitarios, como por ejemplo: ¿Cuáles productos necesitan registro? ¿Cómo lo obtengo? ¿Quién es el responsable de estos registros?  La mayoria de los alimentos requieren permiso sanitario si son procesados y se venden directamente al consumidor. Solo la miel de abejas y los productos dirigidos a la industria gastronómica, al ser usados como materias primas, no requieren registro sanitario. El tipo de permiso depende del riesgo en salud pública del alimento y puede ser registro, permiso o notificación sanitaria según el nivel del riesgo.  Los productos cosméticos (cremas, lociones, shampoo, maquillaje), los plaguicidas domésticos,  los productos de higiene doméstica (limpiadores, detergentes, aromatizantes) y toallas sanitarias, también deben tener registro sanitario. Estos últimos reciben notificación sanitaria obligatoria o NSO.  Las bebidas alcohólicas por su parte también necesitan registro sanitario y deben aportar además de la información técnica y legal, copia de las etiquetas que serán usadas, estas deben ser aprobadas por Invima y luego utilizadas para procesos de impuestos en rentas departamentales.  El proceso para la obtención de los registros es similar en todos los casos, se debe recopilar una información técnica y legal que soporte las propiedades del producto y que permita a las autoridades confirmar su origen y confiabilidad. Con esta información se prepara una solicitud que debe radicarse ante Invima quien emitirá los registros, permisos o notificaciones. La duración de este registro depende del riesgo. Así los productos de alto riesgo tendrán una vigencia de 5  años, los de riesgo medio  de 7 años y los de bajo riesgo de 10 años. Luego deberán renovarse con la información de las mismas características  suministradas en la solicitud inicial.  El dueño del registro sanitario puede ser el fabricante, el distribuidor o el importador. En algunos casos es importante verificar si hay restricción en cuanto al número de registros por producto, en este caso se recomienda que el propietario del producto sea también el dueño del registro asumiendo la responsabilidad de mantener actualizados los datos, de reportar a tiempo novedades y de dar al público información sobre el producto. En esta cadena de responsabilidades participan todos los agentes que se involucran en la comercialización de cada producto.  Otro dato importante es que los productos deben tener su registro en el empaque, junto con datos obligatorios e información adicional que profundizaremos en el siguiente artículo. Si quieres recibir mayor información de los diferentes registros que se deben solicitar y procesos para su obtención, no dudes en comunicarte con nosotros. ¿Necesita asesoría sobre este tema? En SPI Americas acompañamos a empresas en Colombia y la región en asuntos regulatorios, propiedad intelectual, derecho corporativo y desarrollo de negocios. Contáctenos →

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