Boletín No. 32 (05-21)

Boletín · 17 de marzo de 2021

Novedades regulatorias Bebidas alcohólicas 

Entró en vigencia decreto que modifica los requisitos regulatorios para bebidas alcohólicas en Colombia. Entre los cambios importantes se destacan:

· Obligatoriedad de cumplimiento de BPM para fabricantes nacionales y extranjeros (plazo hasta 14 de febrero de 2023). Fabricantes nacionales, certificado de BPM emitido por Invima. Para extranjeros se acepta BPM, HACCP o similares.

· Para importados, no se requiere dirección exacta del fabricante en la etiqueta.

· Se permitirá uso de etiqueta complementaria con leyendas obligatorias en bebidas nacionales e importadas.

· Se amplia el tiempo de agotamiento de existencias de 6 meses a 3 años a partir de la autorización.

· La renovación se surtirá de manera automática con revisión posterior (debe mantener la misma información, características y rotulado. BPM vigentes). No se permiten cambios durante la renovación.

· Se reduce el tiempo para solicitud de renovación. 

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